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· Por SABHA Consulting Group

Cuando el riesgo tributario no está en la declaración, sino en la organización

Una disposición del estatuto de una asociación sin fines de lucro podía comprometer su exoneración del Impuesto a la Renta. El caso: del estatuto a una fiscalización de SUNAT superada.

Protección integral de la exoneración del Impuesto a la Renta de una asociación sin fines de lucro

Una asociación sin fines de lucro puede desarrollar durante años sus actividades convencida de que cumple las condiciones necesarias para mantener su exoneración del Impuesto a la Renta.

Sin embargo, una sola disposición de su estatuto puede poner en riesgo ese tratamiento tributario. Ese fue el punto de partida de uno de los casos asumidos por SABHA.

Nuestro cliente, una asociación sin fines de lucro con una importante trayectoria institucional, desarrollaba principalmente actividades vinculadas con fines culturales y educativos. Sin embargo, la revisión de sus estatutos permitió identificar un riesgo relevante: dentro de sus fines también se habían incorporado actividades relacionadas con la salud humana.

El problema no era menor.

La legislación del Impuesto a la Renta exige que las asociaciones que pretendan acceder a la exoneración contemplen exclusivamente determinados fines establecidos por ley. La inclusión estatutaria de una finalidad distinta podía comprometer la exoneración y exponer a la institución a una contingencia tributaria significativa.

Pero modificar el estatuto no era suficiente.

El verdadero riesgo estaba más allá del estatuto

En SABHA entendimos que una modificación formal podía corregir el documento, pero no necesariamente eliminar el riesgo. Realizamos entonces una revisión integral de la organización para determinar si aquella finalidad vinculada con la salud había dejado huellas en su funcionamiento cotidiano.

Y las encontramos.

La terminología utilizada en determinados procesos, la forma en que algunas actividades eran presentadas institucionalmente e incluso contenidos publicados en la propia página web podían ser interpretados como evidencia de que la asociación continuaba desarrollando actividades vinculadas con aquella finalidad.

El análisis también alcanzó a la información contable y financiera. Identificamos la necesidad de fortalecer la trazabilidad entre los recursos obtenidos por la asociación y su aplicación efectiva al cumplimiento de los fines institucionales protegidos por la exoneración.

La contabilidad no debía limitarse a registrar ingresos y gastos. Tenía que convertirse también en una herramienta capaz de demostrar, frente a una eventual fiscalización, de dónde provenían los recursos, cómo habían sido utilizados y de qué manera esa utilización se encontraba vinculada con los fines de la asociación.

De corregir un estatuto a transformar una posición tributaria

El trabajo de SABHA comprendió cuatro frentes estrechamente relacionados:

  • Revisión jurídica y tributaria. Analizamos integralmente el estatuto y redefinimos sus disposiciones para alinearlas con las exigencias de la legislación del Impuesto a la Renta.
  • Revisión operativa. Identificamos procesos, actividades y prácticas que podían generar inconsistencias entre lo señalado por el estatuto y el funcionamiento real de la institución.
  • Revisión de la comunicación institucional. Evaluamos la forma en que la asociación se presentaba frente a terceros, incluyendo su página web, eliminando mensajes que podían transmitir una realidad distinta de aquella que debía sustentar tributariamente.
  • Fortalecimiento de la información financiera. Se establecieron criterios destinados a permitir una mejor identificación de los recursos obtenidos y, especialmente, de su aplicación al cumplimiento de los fines institucionales.

El objetivo era muy concreto: que estatuto, operaciones, comunicación institucional, documentación y contabilidad contaran una misma historia.

La prueba llegó con SUNAT

El trabajo realizado dejó de ser solamente preventivo cuando la asociación fue sometida a una fiscalización de SUNAT. Era el momento de comprobar si la estructura que habíamos construido podía sostenerse frente a una revisión real de la Administración Tributaria.

La estrategia no consistió únicamente en responder requerimientos.

La defensa se construyó sobre el trabajo previo: coherencia estatutaria, revisión de operaciones, trazabilidad documental, consistencia contable y capacidad de acreditar el destino de los recursos.

“La fiscalización fue superada satisfactoriamente, preservándose el tratamiento tributario de la institución”.

El resultado: mucho más que superar una fiscalización

El éxito del caso no estuvo solamente en obtener un resultado favorable frente a SUNAT. La asociación terminó el proceso con una estructura institucional considerablemente más sólida para enfrentar futuras revisiones.

Se corrigió el riesgo estatutario. Se alinearon los procesos internos. Se revisó la comunicación institucional. Se fortaleció la información financiera. Y se construyó evidencia capaz de demostrar que los recursos de la organización se encontraban efectivamente orientados hacia sus fines.

En otras palabras, convertimos una contingencia tributaria en un sistema de prevención y control.

La experiencia SABHA

Este caso refleja nuestra forma de abordar los riesgos tributarios. No esperamos necesariamente a que SUNAT formule una observación para empezar a construir una defensa.

Revisamos cómo está estructurada jurídicamente la organización, cómo opera, qué documentos genera, qué dice su contabilidad, cómo se presenta frente a terceros y qué evidencia podría encontrar SUNAT si iniciara mañana una fiscalización.

Porque una exoneración tributaria no se protege únicamente con un buen estatuto. Se protege haciendo que la realidad jurídica, operativa, financiera y documental de la organización sea coherente con aquello que deberá demostrar frente a SUNAT.

SABHA: Prevenir el riesgo. Construir la evidencia. Defender el resultado.

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